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Interesantes conclusiones de la OCU sobre los seguros de comunidades
En la revista Dinero y Derechos 135 de marzo/abril de 2013, se publicó un interesantísimo artículo en el que la OCU analizaba los seguros de comunidades de 12 aseguradoras.
Contenido de este artículo
¿Valoran las aseguradoras el edificio?
Una de las conclusiones que sacaron fue que ninguna de las aseguradoras valoraba el edificio con un capital suficiente como para la reconstrucción del edificio (es una opinión de los elaboradores de informe).
¿Cuál es el capital de la cobertura que recomiendan?
Una recomendación que hacen es que el capital de la cobertura de responsabilidad civil de la póliza de los seguros de comunidades sea de 600.000 €.
Condicionan la entrada de la póliza
Una acertada observación que hacen es que, para seguros de edificios de cierta antigüedad, las compañías condicionan la suscripción de la póliza a la aplicación de franquicias.
Combinación del seguro de hogar y de comunidad
Hacen unas recomendaciones algo confusas de la posibilidad de ahorrar coberturas al combinar el seguro de hogar y de comunidad.
Repaso de exclusiones generalizadas
Hacen un breve repaso a ciertas exclusiones generalizadas en los seguros de comunidad:
- No cobertura de daños a elementos situados al aire libre por actos vandálicos.
- Exclusión de pintadas, graffities, y carteles pegados en fachadas.
- El viento puede causar daños a la comunidad. Sin embargo, es frecuente que estén excluidos si la intensidad no es superior a valores que oscilan entre los 80 y 96 km/h. Si el viento supera los 120 km/h, al considerarse riesgo extraordinario, se cubriría a través del Consorcio de Compensación de Seguros. También hay condicionantes similiares en las intensidades de las precipitaciones de lluvia.
Desde aquí felicitamos a la OCU y a Dinero y Derechos por esta publicación.
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