El seguro de responsabilidad civil cubre los daños o perjuicio ocasionados a terceros por negligencia del asegurado o de personas a su cargo, como podrían ser sus hijos, empleados dentro de su comercio, etc.
Cada persona puede necesitar unas coberturas especiales para su seguro de responsabilidad civil. Así, según esas necesidades, se pueden contratar unas u otras coberturas. Las coberturas más habituales son estas.
Esta cobertura es la indicada para aquellos asegurados que realizan una actividad profesional, pues cubre la responsabilidad derivada de su actividad.
Esta cobertura cubre a los empleados dentro y fuera del recinto, los bienes empresariales, el almacenaje, carga y descarga.
Cubre las propiedades inmobiliarias, tanto las edificaciones como los terrenos. Cubre también las obras de reforma o mantenimiento.
Esta cobertura está cubre al arrendatario de un inmueble en el desarrollo de su actividad profesional por los daños que se puedan producir, como daños en la estructura, incendios, inundaciones, etc.
Esta cobertura cubre al asegurado por los daños que puedan realizar terceras personas a su cargo. Es decir, el asegurado contrata a una persona la realización de, por ejemplo, una obra. Esta cobertura cubre los daños que pueda ocasionar el tercero al realizar la obra.
Esta cobertura protege al asegurado por los daños o incluso muerte que puedan sufrir los empleados a su cargo.
Esta cobertura es independiente del seguro del convenio del trabajador que también actuaría en caso de siniestro. Primero actuaría el seguro del convenio y posteriormente el seguro de responsabilidad civil patronal.
La responsabilidad civil patronal es necesaria porque la responsabilidad de explotación no cubre a los empleados en caso de accidente.
Protege por los daños causados por la actividad del asegurado a los bienes inmuebles colindantes. También protege las conducciones de agua, luz, gas o similar que haya bajo tierra o a descubierto.
Esta cobertura protege por los daños ocasionados en el ejercicio de una profesión colegiada, como por ejemplo, la abogacía. Con esta cobertura el asegurado se protege en caso de provocar daños personales o materiales durante su actividad profesional. También protege en caso de negligencias o errores y de las consecuencias que de ellas se deriven.
Cubre los daños ocasionados por contaminación accidental siempre que sea no intencionada y dentro del ejercicio normal de la actividad del asegurado.
La cobertura de responsabilidad civil de los productos cubre al asegurado por los daños causados a un tercero por un producto realizado por el asegurado. La duración de esta cobertura deberá estar claramente especificada en la póliza.
Cubre los daños a terceros que se produzcan durante el trabajo con elementos que funcionan a altas temperaturas, como pueden soldaduras, trabajos con soplete, etc.
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Muy buen contenido resumiendo lo que es una póliza de seguro de responsabilidad civil
Gracias Raúl.
Nos alegra que te haya parecido interesante.